Tribunal Fiscal de la Nación, sala C – 21/08/2015 Don Violante S.A. s/ apelación – Impugnación del domicilio fiscal – competencia del TFN

El TFN declaró de oficio su incompetencia para tratar el acto administrativo por el cual el Fisco nacional impugnó el domicilio fiscal de la quejosa y lo intimó para que regularice sus situación no puede equipararse a una sanción.   

(del voto del Dr. Urresti): El Tribunal Fiscal de la Nación resulta incompetente para entender en la apelación de la mera intimación para que el contribuyente, en el plazo que se le otorgue, regularice su situación y rectifique el domicilio oportunamente denunciado como fiscal, consignándolo en el reconocido como tal por el fisco, ya que aquella no es una resolución definitiva, sino que constituye un paso previo al decisorio, por lo que aún no ha ocasionado un perjuicio al apelante

 

TUCUMAN – DECRETO 766/2015 – B.O. 08/01/2016 – IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS – DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR

A través del Decreto 766/2015 se instruye a la Dirección General de Rentas que proceda a la devolución de los saldos favorables reclamados en repetición por parte de los productores de granos de soja, de maíz, de trigo y/o de sorgo granífero, comprendidos en el Decreto 251/2015, dentro de los 30 días corridos desde la fecha de interposición de la acción de repetición, no requiriendo, en esta oportunidad, la intervención del Departamento de Fiscalización de la citada Autoridad de Aplicación para decidir sobre su inmediata procedencia.

SANTA FE – RESOLUCION GENERAL (A.P.I.) 2/2016 – IMPUESTO DE SELLOS Y TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS – NUEVO APLICATIVO

Se aprueba la actualización de la versión 2.0 release 24 del Sistema de Percepción y Retención de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios (SIPRES) y la versión 1.0 release 15 del Sistema de Percepción y Retención de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios para Bancos (BARSE).

SAN LUIS – RESOLUCION GENERAL (D.P.I.P.) 4/2016 – B.O. 08/01/2016 – PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO – GRADUACION DE SANCIONES

Por medio de la RG (DPIP) 4/2006 se establece una escala de graduación de la multa prevista por el art. 59 del Código Tributario (Ley VI-0490/2005), por incumplimiento a los deberes formales.

RESOLUCION GENERAL 3824/2015 (A.F.I.P.) – B.O. 23/12/2015 – IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES – CONTRATOS DERIVADOS – OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE CONTRATOS DE FUTUROS SOBRE SUBYACENTES MONEDA EXTRANJERA – AGENTES DE RETENCIÓN – MODIFICACIÓN DE LA RG (AFIP) 3818

A través de la RG 3818 (BO 17/12/2015) se estableció un régimen de retención y adelanto de impuesto que se aplica sobre la diferencia positiva para el sujeto ordenante entre el importe de la operación al último precio al que se realizó la valuación a mercado (“mark to market”) de cada contrato abierto y el monto determinado de acuerdo al precio al momento del vencimiento del contrato o de La cancelación anticipada originada en las operaciones de compra y venta de contratos de futuro sobre subyancentes moneda extranjera realizada en los mercados habilitados en el país

Por medio de la RG (AFIP) 3824 (BO 23/12/2015) se modifica dicho régimen disponiendo que el régimen retentivo también se aplicara sobre la diferencia entre el precio original pactado de la operación o el surgido de la novación por aplicación de la “Declaración de Emergencia Operatoria Futuros de Dólar ROFEX” dispuesta por la Comunicación N° 657 ROFEX y sus modificaciones

Asimismo se consideran incluidas en el párrafo precedente las operaciones de tipo “Over the Counter (OTC)” realizadas en forma directa por los agentes autorizados.

También se detallan los sujetos que deberán actuar en carácter de agentes de retención sobre cada impuesto redefiniendo el momento en que deberá practicarse la retención instituida.

Resolución (SC y MI) 18.847/2015 – B.O. 07/01/2016 Monotributo social

Por medio de la Resolución (SC y MI) 18.847/2015 se establecen los objetivos generales y procedimientos de gestión de la dirección nacional de fomento del Monotributo Social  y el nomenclador de actividades relacionadas con el desarrollo local y la economía social.

Asimismo, se deroga de la res.10.204/2010 (S.C. y M.I.).

 

Decreto (PEN) 25/2016 – B.O. 07/01/2016 Comercio exterior – Derechos de exportación

Alícuota cero para determinadas mercaderías – Sustitución del art. 1 del dec. 160/2015.

Con el dictado del Decreto 25/2016, el PEN modifica el Decreto 160/2015 fijando en la alícuota del 0% el derecho de exportación de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), con determinadas excepciones, las que tributan el nivel arancelario que resulte de la aplicación de lo dispuesto por el Decreto 1719/2012.

Decreto (PEN) 26/2016 – B.O. 07/01/2016 Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos

Disminución de alícuota – Norma complementaria de la ley 24.625.

A través del Decreto 26/2006, el PEN disminuyo la alícuota del 21% establecida en el art. 1 de la Ley 24.625 de Impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos, estableciéndose la misma en el 7%.

SAN LUIS – Decreto 525/2015 – B.O. 06/01/2016 – Administración pública provincial

Cese de actividades durante enero de 2016- Excepciones – Suspensión de plazos.

Comentario: La presente norma determina el horario de las actividades de la administración pública provincial durante el  mes de enero del año 2016. Asimismo, suspende los plazos previstos en el título IV de la ley VI-0156-2004.