RG (AFIP) 3823/2015 (BO 22/12/2015) Aduana – Sistema Integral de Monitoréo de Importaciones –

Sumario: Aprobación – Sujetos alcanzados – Plazo de validez de declaraciones – Excepción – Manuales de uso de aplicativos involucrados – Pautas de gestión – Derogación de las res. grales. 3252/2012, 3255/2012 y 3256/2012 (A.F.I.P.).

Por medio de la RG (AFIP) 3283 (B.O. 22/12/2015) se aprueba el SISTEMA INTEGRADO DE MINITOREO DE IMPORTACIONES (SIMI) quedando alcanzados los  importadores que en su nombre importan mercadería, ya sea que la trajeren consigo o que un tercero la trajere para ellos (apartado 1, Art. 91 L. 22415 –C.A.) y los sujetos mencionados en la RG (AFIP) 2551 inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros” previstos en el Título II de la Resolución General N° 2.570, sus modificatorias y sus complementarias, con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo, quienes deberán proporcionar la información

que se indica en el micrositio “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)”, disponible en el sitio “web” de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar), la que será puesta a disposición de los organismos que adhieran o hayan adherido a la “Ventanilla Única de Comercio Exterior” (VUCE) quienes deberán pronunciarse en un lapso no mayor a DIEZ (10) días.

Asimismo se dejan sin efectos las Resoluciones Generales (AFIP)  3.252, 3.255 y 3.256, no obstante, mantendrán su vigencia las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) registradas a la fecha de entrada en vigor de la presente norma, en sus diferentes estados.