RESOLUCION GENERAL 1/2016 (C.A.C.M.) – B.O. 29/02/2016 CONVENIO MULTILATERAL – CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS – VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA CORRESPONDIENTE AL PERÍODO FISCAL 2015 – MODIFICACIÓN DEL ART. 2 DE LA RES. GRAL. 5/2015 (C.A.C.M.).

Por medio de la RG (CA) se modifica el art. 2 de la Resolución General 5/2015 (C.A.C.M.), estableciendo que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual determinante del coeficiente unificado aplicable para el año 2016 (Formulario CM05) para los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, operará el 16 de mayo del año 2016, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los arts. 83 y 84 del anexo de la Resolución General 1/2015 (C.A.C.M.).

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