VISTO:
La Ley N° 7.900 de fecha 5 de Noviembre de 2.015; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley se estableció por el plazo de 90 días desde su publicación en el Boletín Oficial, un Régimen Especial y Transitorio de Regularización de Tributos Provinciales, aplicable a obligaciones tributarias, intereses, recargos y multas devengadas al 31 de Agosto de 2.015, cuyo cobro se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia;
Que el artículo 9° de la ley citada faculta expresamente al Poder Ejecutivo a prorrogar el Régimen de Regularización Especial y Transitorio de Regularización de Tributos Provinciales;
Que la medida que se propicia tiene por objeto acercar al contribuyente sistemas que le permitan sanear su situación tributaria, alentándolo a modificar su comportamiento en pos de una correcta conducta fiscal;
Que el Estado posee amplias facultadas en relación al diseño y aplicación de la política fiscal en el territorio provincial a fin de promover el desarrollo económico y social local;
Por ello y en ejercicio de las potestades conferidas por el Artículo 144º de la Constitución Provincial y Ley N° 7.905;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
Art. 1 – Prorrógase desde su vencimiento y por el término de 60 días corridos, la vigencia de la ley 7900.
Art. 2 – El presente decreto será refrendado por el señor ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor secretario general de la Gobernación.
Art. 3 – De forma.