RESOLUCION GENERAL 3830/2016 (A.F.I.P.) – B.O. 19/02/2016 – IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES – RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN – DEVOLUCIÓN – REQUISITOS – SUSTITUCIÓN DEL ART. 2 DE LA RES. GRAL. 3420/2012 (A.F.I.P.).

Por medio de la RG (AFIP) 3420 se determinó el procedimiento a observar por los sujetos que no sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del Impuesto sobre los Bienes Personales, a los efectos de solicitar la devolución de los importes que les hubieren sido percibidos de acuerdo con los regímenes dispuestos por las Resoluciones Generales (AFIP)  3378, 3379, 3450, 3583 y 3819.

A través de la RG (AFIP) 3830 se modifica la RG (AFIP)  3420 estableciendo, con el fin de facilitar la tramitación de la referida devolución, agilizando la tarea del área operativa y optimizando el servicio a los administrados, la eliminación de la obligatoriedad del registro de Datos Biométricos y su validación como condición para la tramitación señalada.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *