MENDOZA -RESOLUCION GENERAL A.T.M. 19/16 (B.O.: 16/2/16) -. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS – ACTIVIDADES QUE FIGURAN EN LA PLANILLA ANALÍTICA DE ALÍCUOTAS ANEXA A LA LEY IMPOSITIVA 8.837 – ADJUDICATARIOS DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.

Por medio de la RG (ATM) 19/16 se dispone que la exención prevista en las llamadas (6) y (7) del “Detalle de referencias de la planilla analítica de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos anexa al art. 3 de la Ley Impositiva año 2016”, comprende únicamente a los adjudicatarios de las obras descriptas en la misma.

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