RESOLUCION GENERAL (A.F.I.P.) 3827 – B.O. 10/02/2016 – RÉGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO – OBLIGACIONES IMPOSITIVAS, DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ADUANERAS – EXCLUSIONES – CONDICIONES DE LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO – ADHESIÓN, REQUISITOS Y FORMALIDADES – INGRESO DE LAS CUOTAS – CADUCIDAD – DEROGACIÓN DE LAS RG (AFIP) 3516 Y 3631.

Por medio de las RG (AFIP) 3516 y 3631 se establecieron regímenes de facilidades de pago. Por medio de la RG (AFIP) 3827 se derogan los mismos y se dispone un nuevo Régimen de Facilidades de Pago en forma permanente estableciendo las obligaciones impositivas, aduaneros y de los recursos de la seguridad social y las multas y accesorios que podrán regularizarse a través de este nuevo plan.

Asimismo, establece las causales de exclusión y de caducidad del plan.

Respecto a la cantidad de cuotas y el interés de financiación del plan, la norma establece en primer término una clasificación de los deudores morosos en función de los ingresos anuales y en función de esa clasificación establece la cantidad de cuotas en que podrán regularizarse las deudas y la tasa d interés aplicable según el estado en que se encuentran

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